17 de marzo de 2026
Vigilancia y seguimiento a periodistas en Ecuador
Número de Alerta028
Derechos vulnerados o en riesgo:Derecho a la libertad de opinión y expresión (Art. 66, num. 6 y Art 18 de la Constitución de la República del Ecuador). Derecho a la integridad personal (Art. 66, num. 3 de la Constitución de la República del Ecuador).
Actores que vulneran o ponen en riesgo el derecho: Sujetos no reconocidos; fuerza pública.
Tipo de acción que vulnera o pone en riesgo el derecho: Acoso, vigilancia e intimidación a periodistas de diversos medios y falta de mecanismos de protección frente a denuncias.
Locación: Ecuador.
Resumen
Alerta
Durante la semana del 9 al 15 de marzo de 2026, tres equipos periodísticos denunciaron hechos de vigilancia e intimidación en el ejercicio de sus funciones, sin que la Policía Nacional respondiera a sus llamados.
El jueves 12 de marzo, el equipo de BN Periodismo denunció la presencia de un hombre, que realizó grabaciones desde su teléfono celular en los exteriores del lugar donde se encontraban comiendo. Reportó, además, intentos de ingreso no autorizado a sus cuentas digitales durante esa misma semana.
El viernes 13 de marzo, durante la cobertura a movilizaciones relacionadas con la flexibilización laboral y reformas al COOTAD, el equipo de Teleamazonas encabezado por la periodista María Gracia Chacón fue objeto de hostigamiento e insultos por parte de un manifestante que simultáneamente realizaba una transmisión en vivo.
El sábado 14 de marzo, un equipo de TVC Ecuador denunció haber sido vigilado y grabado durante aproximadamente cincuenta minutos por un grupo apostado en las afueras de las instalaciones del medio.
En todos los casos, los representantes de medios de comunicación informaron haber realizado llamadas a la Policía Nacional, sin que representantes de esta institución atiendan a los pedidos de ayuda.
Los hechos descritos se inscriben en un patrón más amplio de presión sobre el ejercicio periodístico en Ecuador. La vigilancia, el seguimiento y las agresiones verbales contra periodistas en el desempeño de sus funciones constituyen formas de intimidación que no solo vulneran derechos constitucionales, sino que también generan un efecto disuasivo sobre el trabajo periodístico y comprometen el espacio cívico en su conjunto. La magnitud del problema no es nueva: se registraron 230 agresiones a periodistas a lo largo de 2025, cifra que evidencia la sistematicidad del fenómeno y la insuficiencia de las respuestas institucionales para proteger a quienes ejercen esta labor.
La falta de respuesta del Estado y sus instituciones en estos tres casos representa un incumplimiento directo de su obligación de garantizar la integridad personal, la libertad de expresión y el acceso a la información de sus ciudadanos. También se evidencia una inobservancia sistemática de los principios contenidos en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, entre otros aspectos, señala que la intimidación y amenaza a comunicadores sociales «coarta severamente la libertad de expresión» y exige a los Estados el deber de prevenir, investigar y garantizar una reparación adecuada a las víctimas.
Desde el Observatorio de Libertades Ciudadanas rechazamos estos hechos y recordamos que es deber del Estado garantizar el ejercicio libre, seguro e independiente del periodismo, como condición esencial para la vigencia de una sociedad democrática. Este deber implica no sólo abstenerse de interferir arbitrariamente en la labor de las y los periodistas, sino también adoptar medidas positivas para protegerlos frente a amenazas, agresiones o cualquier forma de intimidación, tanto provenientes de actores estatales como no estatales. Asimismo, el Estado debe asegurar el acceso a la información pública, promover un entorno normativo que respete la libertad de expresión y combatir la impunidad en los casos de violencia contra periodistas, en línea con los estándares internacionales de derechos humanos






