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29 de septiembre de 2025
Movilizaciones en Imbabura: Muerte de Efraín Fuerez
Derechos vulnerados o en riesgo:Derecho a la reunión y protesta pacífica Derecho a la integridad personal Derechos a la vida
Actores que vulneran o ponen en riesgo el derecho: Agentes estatales: Miembros de las Fuerzas Armadas del Ecuador
Tipo de acción que vulnera o pone en riesgo el derecho: Presunto asesinato en el contexto de las movilizaciones sociales
Resumen: En el marco de las movilizaciones sociales en Ecuador, el 28 de septiembre de 2025, diversas organizaciones sociales informan de la muerte del comunero indígena Efraín Fuerez en Cotacachi, Imbabura. El hecho ocurrió por un presunto impacto de bala tras un enfrentamiento con miembros de las Fuerzas Armadas en un acto de represión a la movilización.
Locación: Cotacachi, Imbabura, Ecuador.
Resumen
En el marco de las movilizaciones sociales en Ecuador, el 28 de septiembre de 2025, diversas organizaciones sociales informan de la muerte del comunero indígena Efraín Fuerez, de 46 años, en Cotacachi, Imbabura. El hecho ocurrió por un presunto impacto de bala tras un enfrentamiento con miembros de las Fuerzas Armadas en un acto de represión a la movilización. Diversas organizaciones de derechos humanos, así como la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) han rechazado el uso letal e ilegítimo de la fuerza, exigiendo el cese de la violencia estatal y una investigación inmediata.
Información completa
El 28 de septiembre de 2025, en el contexto de las movilizaciones sociales en Imbabura, se registró la muerte de Efraín Fuerez, comunero kichwa de 46 años, en la comunidad de Cotacachi. Según denuncias de diversas organizaciones, Fuerez fue herido por una bala en la vía Panamericana Norte, sector Pinsaquí/Ilumán, mientras participaba en una movilización.
La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, INREDH, que acompañó el levantamiento del cuerpo y la autopsia, informó que Fuerez falleció en el Hospital de Cotacachi tras recibir un impacto de bala presuntamente disparada por miembros de las Fuerzas Armadas, destacando su rechazo frente al “uso letal e ilegítimo de la fuerza en contra de manifestantes”, exigiendo una investigación que garantice verdad, justicia y reparación para las víctimas y sus familias. Por su parte, mediante un pronunciamiento, la CONAIE responsabilizó
al Gobierno y a las Fuerzas Armadas por el uso letal de la fuerza contra comunidades indígenas y alertó a organismos internacionales sobre posibles vulneraciones de derechos humanos en el marco de las movilizaciones.
En declaraciones oficiales, la vocera del Gobierno, Carolina Jaramillo, afirmó que cualquier actuación de los efectivos militares deberá ser evaluada, e incluso investigada si así corresponde, y destacó la violencia ejercida por los manifestantes contra los militares, subrayando que este aspecto debería ser sujeto de la opinión pública. Reiteró que es facultad de los órganos competentes determinar si las acciones se ajustaron a los protocolos que rigen el accionar de la fuerza pública. La Fiscalía General del Estado informó a través de su cuenta de X que servidores de la entidad se trasladaron al lugar de los hechos para el levantamiento del cadáver y las diligencias correspondientes. En una actualización, señaló que se abrirá de oficio una investigación previa que será tramitada por la Unidad Especializada en la Investigación del Uso Ilegítimo de la Fuerza, con base en protocolos internacionales para “garantizar la objetividad del proceso”.
La muerte de Fuerez ocurrió en el marco del estado de excepción declarado en Imbabura, que otorga temporalmente al Ejecutivo y a las Fuerzas Armadas facultades extraordinarias para garantizar el orden y la seguridad pública, incluida la posibilidad de limitar ciertos derechos, como el de asociación (arts. 164 y 165, CRE). No obstante, incluso bajo estas condiciones, las autoridades tienen la obligación de respetar los principios de proporcionalidad, necesidad y legalidad, así como los derechos humanos fundamentales (art. 158, CRE).
En el marco de las movilizaciones sociales, es fundamental recordar que el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la protesta, reconocido en el artículo 98 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE), así como los manifestantes de ejercerla de manera pacífica. De acuerdo a registros audiovisuales, presuntamente las fuerzas del orden agredieron a Fuerez y a un manifestante que intentó socorrerlo, violando el principio de uso progresivo de la fuerza al reprimir de manera violenta a los manifestantes.
Hacemos un llamado al Estado a garantizar el ejercicio al derecho de la protesta pacífica, a las fuerzas del orden a ceñirse a los procedimientos reconocidos bajo el marco legal del uso progresivo de la fuerza y a la Fiscalía General del Estado a garantizar una investigación objetiva y la rendición de cuentas frente a la muerte del comunero Efraín Fuerez. De igual manera, instamos a la Defensoría del Pueblo a supervisar el respeto de los derechos humanos en el marco de las movilizaciones y emitir las recomendaciones necesarias que aseguren protección, verdad, justicia y reparación para la víctima y su comunidad.
